Código de ética y buena conducta
Version 2026.1 · in force since 01/10/2026
AYCON SAS — NIT 901565519-3 — RNT -
Versión 2026.1 — Vigente desde 1 de octubre de 2026
1. Propósito y alcance
Este código establece los valores y conductas esperados de accionistas, directivos, colaboradores, contratistas, aliados y proveedores de AYCON Travel - AYCON Global - AYCON SAS en su relación con clientes, viajeros, proveedores, autoridades, competidores y la comunidad.
2. Valores
- Honestidad y transparencia: información veraz sobre servicios, precios y condiciones.
- Respeto: trato digno a todas las personas, sin discriminación por origen, género, orientación sexual, religión, discapacidad, condición social o cualquier otra.
- Responsabilidad: cumplimiento de los compromisos y de la ley.
- Confidencialidad: protección de la información de clientes y de la empresa.
- Sostenibilidad: turismo responsable con el ambiente, las comunidades y el patrimonio cultural.
3. Compromisos con clientes y viajeros
- Ofrecer información clara, completa y no engañosa sobre servicios, precios, cargos adicionales, restricciones y políticas.
- No usar prácticas de venta agresivas ni presionar decisiones con información falsa (p. ej. falsa escasez o falsos descuentos).
- Respetar las decisiones del cliente sobre sus datos y comunicaciones comerciales, incluidos horarios y frecuencia de contacto permitidos por la ley.
- Atender las PQR con diligencia y dentro de los plazos.
- Proteger los datos personales conforme a la política de tratamiento de datos.
4. Prevención de la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes (ESCNNA)
AYCON Travel - AYCON Global - AYCON SAS adopta una política de cero tolerancia y, en cumplimiento de la Ley 679 de 2001, la Ley 1336 de 2009 y la regulación del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, se compromete a:
- No ofrecer, promover ni facilitar, directa o indirectamente, servicios turísticos con fines de explotación sexual de menores.
- Informar a clientes y viajeros sobre las sanciones legales.
- Capacitar a su personal para identificar y reportar situaciones de riesgo.
- Denunciar ante las autoridades competentes cualquier caso conocido o sospechoso (Policía Nacional, ICBF, Fiscalía).
- Incluir cláusulas de rechazo a la ESCNNA en los acuerdos con proveedores.
5. Relación con proveedores y aliados
- Selección por criterios objetivos de calidad, legalidad y precio.
- Verificar que los prestadores cuenten con registros y permisos vigentes (p. ej. RNT, habilitaciones de transporte).
- Usar marcas y logos de aliados solo con autorización.
- No aceptar ni ofrecer sobornos, regalos o beneficios que comprometan la independencia de las decisiones.
6. Conflictos de interés
Quien tenga un interés personal que pueda afectar una decisión de la empresa debe declararlo y abstenerse de participar en ella.
7. Prevención de lavado de activos, financiación del terrorismo y corrupción
- Conocer al cliente y al proveedor en la medida exigida por la regulación aplicable.
- Reportar operaciones inusuales o sospechosas a la instancia designada.
- No realizar pagos ni recibir fondos de origen desconocido o sin soporte.
- Prohibición absoluta de prácticas de corrupción con funcionarios públicos o privados.
8. Uso de la información y los recursos
- La información de clientes, precios de proveedores, credenciales y sistemas es confidencial.
- Los accesos al panel administrativo son personales e intransferibles; el uso queda registrado.
- Los recursos tecnológicos se usan solo para fines de la empresa.
9. Competencia leal y publicidad
- No difundir información falsa sobre competidores.
- La publicidad indica precios reales, condiciones y vigencias, e incluye el número de RNT.
10. Turismo responsable y sostenible
- Promover el respeto por la cultura, el patrimonio y el ambiente de los destinos.
- Rechazar el tráfico de fauna, flora y bienes culturales.
- Informar al viajero sobre comportamientos responsables en destino.
11. Canal de reporte
Cualquier persona puede reportar, incluso de forma anónima, conductas contrarias a este código a etica@ayconglobal.com. Se garantiza confidencialidad y no represalias contra quien reporte de buena fe.
12. Incumplimientos
El incumplimiento de este código puede dar lugar a medidas disciplinarias o contractuales, sin perjuicio de las acciones legales.
13. Vigencia
Este código rige desde 1 de octubre de 2026 y será revisado al menos una vez al año.